
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) detalló las restricciones en la previa, durante y después de los comicios municipales y regionales del 4 de octubre. Uno de ellos es la limitación de vender y tomar alcohol.
Desde el viernes 2 de octubre a las 00:00 horas no pueden efectuarse reuniones o manifestaciones públicas de carácter político, según establece el artículo 190 de la LOE. Su infracción se sanciona con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años.
La propaganda política de cualquier clase y por cualquier medio queda suspendida desde 24 horas antes de la elección (00:00 horas del sábado 3 de octubre). Su incumplimiento implica una pena de prisión no menor de dos años.
De otro lado, desde las 8:00 horas del sábado 3 hasta las 8:00 del lunes 5 de octubre no está permitido el expendio de bebidas alcohólicas de ninguna clase y se cierran los establecimientos o espacios dedicados exclusivamente a dicho expendio, llamada «Ley seca».
El incumplimiento de dicha restricción se sanciona con cárcel no mayor de seis meses y multa no menor del 10 % del ingreso mínimo vital multiplicado por treinta días de multa.
El día de la elección, entre las 07:00 y 17:00 horas, no están permitidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de votación. Durante esas horas tampoco se pueden efectuar espectáculos populares al aire libre ni en recintos cerrados, ni funciones teatrales o cinematográficas ni reuniones públicas de ninguna clase.


