Conducir ebrio puede ser multado con S/. 4300 soles y la cancelación del brevete

Está prohibido manejar un vehículo si el conductor tiene la licencia retenida, suspendida o está inhabilitado para obtenerla.

En estas fiestas de fin de año, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) recordó a los conductores que protagonizar un accidente de tránsito bajo efectos del alcohol, estupefaciente, narcótico o alucinógeno se castiga con una multa de S/ 4300 y la cancelación de la licencia de conducir e inhabilitación definitiva para obtener una nueva.

A aquellos que no ocasionen un accidente, pero se les identifique conduciendo bajo la influencia del alcohol o drogas, tendrán que pagar una multa de S/ 2150 y se suspenderá su licencia por tres años.

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Otra falta muy grave es provocar un accidente de tránsito que ocasione lesiones graves o la muerte. En este caso, la norma contempla la cancelación del brevete y la inhabilitación definitiva del conductor para obtener una licencia.

Cabe anotar que está prohibido manejar un vehículo si el usuario tiene el brevete retenido, suspendido o está inhabilitado para obtenerlo. Si la licencia estuviese retenida, se impone una suspensión por tres años y se aplica una multa de S/ 4300. En el caso de que la licencia ya estuviera suspendida, se procede a su cancelación definitiva y también se aplica la misma multa.

Vehículos particulares

El MTC exhortó a los conductores a manejar responsablemente. Asimismo, se recuerda que hoy 31 de diciembre y el 1 de enero está prohibida la circulación de vehículos particulares.

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