El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) presentó un proyecto de ley ante el Congreso que propone que los fundadores y directivos de organizaciones políticas de Perú no podrán estar condenados por delitos como corrupción, tráfico de influencias, violación, colusión, enriquecimiento ilícito, entre otros.
Específicamente, el proyecto dice que “no podrán estar condenados a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión de los tipos penales referidos a terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, tráfico de influencias o enriquecimiento ilícito”.
Más aún, señala que la participación de un partido o movimiento regional “en el proceso electoral en curso o en el más próximo, se suspende si este tuvo conocimiento de que el fundador o directivo, estando en el ejercicio del cargo, ha sido condenado por algunos de los delitos descritos en el párrafo anterior, en tanto no ejercite las acciones que correspondan, es decir, el retiro del cargo, y no comunica al JNE”.
El máximo organismo electoral de Perú indicó que “los fundadores y directivos” de un partido político o movimiento regional deberán ser separados del cargo en caso sean sentenciados por alguno de los delitos planteados.