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jueves 17, julio 2025

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La Libertad: Colegio de Abogados presenta demanda de inconstitucionalidad a norma aprobada por Congreso

Parlamento saliente aprobó por insistencia el nuevo código procesal constitucional. Según el abogado Juan Castañeda, este presenta una serie de vicios.

El Colegio de Abogados de La Libertad presentó una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la Ley N.° 31307 aprobada por insistencia por el Congreso de la República y publicada el viernes 23 en el diario El Peruano.

Esta ley aprueba el nuevo código procesal constitucional, el cual tendría una serie de vicios de inconstitucionalidad, entre los que destacan la infracción al principio de igualdad y el trato diferenciado, al derecho fundamental de defensa, así como a los principios separación de poderes, independencia judicial y autonomía del Tribunal Constitucional, indica el abogado Juan Alberto Castañeda Méndez, quien argumentó la demanda.

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«Este nuevo texto omitió cualquier debate en la Comisión, desatendiendo las observaciones planteadas por el Ejecutivo. (…) presenta una serie de vicios de inconstitucionalidad; es decir, arremete contra la Constitución, como también a nivel institucional; por ejemplo, que el Congreso ordene al TC en que admita todas las demandas, a pesar que resulten improcedentes», indicó Castañeda a N60.

El letrado culminó manifestando que este pedido se realiza «para no desestabilizar la democracia, no vulnerar la Constitución y permitamos una justicia constitucional a favor de todos los ciudadanos», sostuvo.

¿Qué regula el código procesal Constitucional?

El código procesal Constitucional regula todos los procesos constitucionales en las cuales toda la sociedad participa. Son siete procesos constitucionales: hábeas corpus, amparo, hábeas data, cumplimiento, inconstitucionalidad, acción popular y los conflictos de competencia.»La ciudadanía tiene la oportunidad de defender sus derechos a través de estos procesos. Este nuevo texto cambia las reglas del juego, de cómo se debe tutelar, juzgar los derechos fundamentales», concluyó Castañeda.

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