
El abogado Greco Quiroz Díaz, señaló en N60, que, de acuerdo a una sentencia del Tribunal Constitucional, sólo policías de Tránsito o de Carreteras pueden aplicar infracciones, los efectivos de otras unidades policiales no están facultados a hacerlo porque sería abuso de autoridad.
“El Tribunal Constitucional acaba de emitir una resolución final en el Expediente 014- 2021, sobre un proceso de inconstitucionalidad, donde señala que el único que puede imponer papeletas, el único funcionario autorizado para requerir documentación es, en el ámbito urbano, la Policía de Tránsito, y, en el ámbito de las vías nacionales, la Policía de Carreteras”, precisó Quiroz.

El letrado añadió que nadie más tiene facultad para solicitar documentos e imponer papeletas. “Ningún policía que no sea de Tránsito o Carreteras, pueden intervenir vehículos con el ánimo de detectar infracciones al Código de Tránsito y menos aplicar retención del vehículo o trasladarlo a comisarías”, advirtió.
En ese sentido, Greco Quiroz explicó que el efectivo de cualquier otra unidad como Deprove, Divincri, USE, que trate de imponer papeletas, está cometiendo abuso de autoridad. “Ya el Tribunal constitucional está zanjando que los policías asignados al control de tránsito o de carreteras son los únicos competentes para imponer papeletas”, puntualizó.
En otra parte de sus declaraciones, Quiroz Díaz recordó que solo puede señalar infracciones de tránsito el Ministerio de Transportes. “No pueden hacerlo las municipalidades a través de ordenanzas con cuadros de infracciones, pues son inconstitucionales, porque esa facultad de establecer infracciones es única, exclusiva y excluyente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC); los municipios no pueden establecer infracciones ni imponer papeletas”, acotó.