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jueves 10, octubre 2024

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SuSalud: «Está prohibida la retención de pacientes o cadáveres en establecimientos de salud por falta de pago»

Organismo advirtió que dicha falta puede ser sancionada con multas de hasta S/ 440 mil. Tampoco puede retenerse certificados.

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La Superintendencia Nacional de Salud (SuSalud) recordó a la ciudadanía que está prohibida la retención de pacientes o cadáveres por falta de pago en los establecimientos de salud, públicos o privados, así como de los certificados de nacimiento o defunción.

Además, resaltó que estas faltas acarrean una sanción administrativa que puede significar la multa de hasta 100 UIT, equivalente a S/ 440 mil, sin perjuicio de las acciones que puedan corresponder al Ministerio Público, en caso que los familiares afectados decidan hacer también la denuncia.

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Esto se da luego que el organismo interviniera en un caso denunciado por la familia de un joven fallecido en una clínica de la ciudad de Trujillo, a quienes se habría condicionado la entrega del cadáver por falta de pago.

Por ello, SuSalud indicó que los ciudadanos que vean sus derechos vulnerados pueden llamar a la línea gratuita 113 y en comunicación directa por las redes sociales institucionales en Facebook, Twitter e Instagram con la cuenta @SusaludPerú. Asimismo, la población puede contactarse a través del aplicativo SusaludContigo o el asistente virtual inteligente AVISusalud en el WhatsApp 9846-53092.

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