La Superintendencia Nacional de Salud (SuSalud) recordó a la ciudadanía que está prohibida la retención de pacientes o cadáveres por falta de pago en los establecimientos de salud, públicos o privados, así como de los certificados de nacimiento o defunción.
Además, resaltó que estas faltas acarrean una sanción administrativa que puede significar la multa de hasta 100 UIT, equivalente a S/ 440 mil, sin perjuicio de las acciones que puedan corresponder al Ministerio Público, en caso que los familiares afectados decidan hacer también la denuncia.
Esto se da luego que el organismo interviniera en un caso denunciado por la familia de un joven fallecido en una clínica de la ciudad de Trujillo, a quienes se habría condicionado la entrega del cadáver por falta de pago.
Por ello, SuSalud indicó que los ciudadanos que vean sus derechos vulnerados pueden llamar a la línea gratuita 113 y en comunicación directa por las redes sociales institucionales en Facebook, Twitter e Instagram con la cuenta @SusaludPerú. Asimismo, la población puede contactarse a través del aplicativo SusaludContigo o el asistente virtual inteligente AVISusalud en el WhatsApp 9846-53092.