
El Congreso de La República aprobó la «ley silla» con 95 votos a favor, esta iniciativa fue impulsada por la congresista María del Carmen Alva.
Los primeros beneficiados de la “Ley Silla” serían los agentes de vigilancia privada porque este sector es uno de los que más tiempo exige permanecer de pie durante turnos prolongados, muchas veces en puestos fijos como ingresos de edificios, almacenes, centros comerciales, obras o entidades públicas.
La denominada “Ley Silla” tiene como objetivo principal garantizar el derecho de los trabajadores a contar con un asiento para descansar durante los momentos de pausa en su jornada laboral, especialmente en aquellos puestos donde se exige permanecer de pie por tiempos prolongados.
La norma establece que no se podrá obligar a un trabajador a estar de pie de manera continua por más de tres horas sin posibilidad de descanso, considerando esta práctica como una posible condición de hostilidad laboral. Asimismo, precisa que el acceso a una silla no debe interpretarse como falta de productividad, sino como una medida vinculada a la salud, dignidad y bienestar del trabajador.
La ley está dirigida tanto al sector público como privado, con especial énfasis en actividades donde el trabajo es principalmente de atención presencial y de pie, como comercio minorista, supermercados, retail, restaurantes, hoteles, aeropuertos, atención al cliente y vigilancia privada. En estos rubros, los empleadores podrán implementar sistemas rotativos de uso de sillas, sin necesidad de asignar una por cada trabajador de manera simultánea.
La supervisión del cumplimiento estará a cargo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), una vez que la ley sea promulgada por el Poder Ejecutivo y publicada oficialmente en el diario El Peruano. Se establece un plazo máximo de 12 meses para que las empresas adapten progresivamente sus centros de trabajo e incorporen estas medidas en el reglamento de la empresa.


