
En medio del estado de emergencia en La Libertad y el aumento de crímenes delictivos que atentan contra la vida a nivel nacional, el Pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen que modifica el numeral 3 del artículo 20 del Código Penal, Decreto Legislativo 635.
Este dictámen, con 79 votos a favor, 18 en contra y 5 abstenciones, establece que está exento de responsabilidad penal el que obra en defensa de la vida o bienes jurídicos, propios o de terceros, con uso de la fuerza, incluido el uso de la fuerza letal.
La legítima defensa se aplica considerando la intensidad y peligrosidad de dicha agresión, así como la situación de peligro inminente y la necesidad de proteger la vida o integridad propia o de terceros.
También se contempla la defensa en caso de ingreso ilegítimo y violento a una propiedad o vehículo donde la persona tiene derecho legítimo de estar.