
El congresista Luis Aragón presentó un proyecto de ley que tiene como objetivo incorporar la pena de muerte en caso de violación de menores de 14 años de edad, sicariato, extorsión y tráfico de menores.
Se trata del P.L. N° 6279/ 2023- CR que modifica el artículo 140° de la Constitución Política del Perú, el cual está referido a la aplicación de la pena de muerte en el Perú a efecto de incorporar la pena máxima a las personas que cometan dichos delitos.
De igual forma, plantea incorporar la cuarta disposición transitoria especial en la Constitución, con el fin, de que el Estado realice los procedimientos y los instrumentos normativos para retirarse de los tratados internacionales vinculantes, firmados por el Perú que prohíban expresamente la aplicación de la pena muerte.
¿Ya existe pena de muerte?
Cabe destacar que la actual Constitución, en su artículo 140, establece los supuestos en los casos que puede aplicarse la pena de muerte:
«Artículo 140. La pena de muerte sólo puede aplicarse por el delito de traición a la Patria en caso de guerra, y el de terrorismo, conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada.»
«En ese sentido, podemos afirmar que nuestra carta magna actual sí recoge la aplicación de la pena de muerte, y en consecuencia supuestos en los cuales el derecho a la vida pueda ser ponderado y superado por salvaguardar otros bienes y derechos fundamentales. En ese sentido, extender la pena capital en los referidos casos es posible a nivel constitucional más aún si se toma en cuenta que nuestra actual constitución establece dicha medida para otros casos”, argumentó Aragón.