Gobierno amplía vigencia del Reinfo hasta diciembre de 2026 y fija nuevos requisitos

La norma fue publicada en El Peruano y establece un censo nacional obligatorio, el reporte de la ubicación real de operaciones en 120 días y mayor control desde el Minem.

El Gobierno promulgó la ley que amplía la vigencia del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) hasta el 31 de diciembre de 2026. La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, modifica el Decreto Legislativo 1293 y extiende el proceso de formalización de la pequeña minería y minería artesanal, o hasta que entre en vigencia la nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE), lo que ocurra primero.

Durante este periodo, el Ministerio de Energía y Minas (Minem), como ente rector, deberá aplicar medidas de simplificación administrativa, además de reforzar la supervisión ambiental y social, con el objetivo de garantizar una transición ordenada hacia el nuevo marco legal del sector.

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La ley introduce disposiciones más estrictas para los inscritos en el Reinfo. Entre ellas, la realización de un Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, que será coordinado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el Minem y el Ingemmet. Este empadronamiento deberá iniciarse en un plazo máximo de seis meses y culminar en un periodo no mayor a doce meses.

Asimismo, se establece la obligación de un “sinceramiento” de información. Los mineros en proceso de formalización tendrán 120 días calendario para reportar la ubicación real de sus operaciones a través de la Ventanilla Única de Formalización Minera. Esta información deberá incluir datos georreferenciados y será validada técnicamente por el Minem para verificar la exactitud del yacimiento y las actividades desarrolladas.

La norma también dispone que los gobiernos regionales transfieran al Minem todo el acervo documentario, físico y digital, vinculado al proceso de formalización en un plazo de 60 días. El incumplimiento generará responsabilidad funcional. En paralelo, la Sunafil deberá emitir, en el mismo plazo, las disposiciones necesarias para fiscalizar que los titulares del Reinfo cumplan con incorporar a sus trabajadores en planilla, conforme a ley.

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