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miércoles 14, mayo 2025

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Gobierno promulga ley para que robos desde S/495 sean considerados delitos

Antes de la modificatoria, el artículo señalaba que, para considerarlo delito, el valor del bien hurtado debía equivaler 1,025 soles.

El Gobierno de Perú presidido por la presidenta Dina Boluarte promulgó ley que establece un nuevo criterio para la determinación entre delito y falta, al reducir la cuantía del hurto simple al 10 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir a 495 soles.

La ley publicada en el Diario Oficial El Peruano, establece que cuando la acción (hurto) recae sobre un bien cuyo valor no sobrepase el 10% de una UIT (S/495), será reprimido con prestaciones de servicio comunitario de 40 a 120 jornadas o con 60 a 180 días multa, sin perjuicio de la obligación de restituir el bien sustraído o dañado.

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Asimismo, la norma que modifica el artículo 444 del Código Penal, Decreto Legislativo 635, estipula que cuando el valor de lo robado supere los S/495, será considerado como delito y no falta.

Dato

Antes de la modificatoria, el artículo señalaba que, para considerarlo delito, el valor del bien hurtado debía equivaler a más de una Remuneración Mínima Vital (RMV), es decir, más de 1,025 soles.

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