A dos días de la segunda vuelta, el Ministerio Público en La Libertad recordó a la población los delitos que se deben prevenir durante el proceso electoral, así como las sanciones respectivas, las cuales privan de la libertad hasta un máximo de 10 años.
Casos
Hacer propaganda política desde 24 horas antes del 06 de junio (Pena privativa de la libertad no menor de 2 años), emplear la violencia o la amenaza para impedir el desarrollo del proceso electoral (Pena privativa de la libertad no menor de 3 ni mayor de 10 años), impedir a un elector ejercer su derecho de sufragio (Pena privativa de la libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años), inducir a un elector a no votar o a votar en un determinado sentido (Pena privativa de la libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años).
Votar con DNI ajeno o sin contar con el derecho al sufragio (Pena privativa de la libertad no menor de 6 meses ni mayor de 2 años), suplantar a un votante o votar más de una vez (Pena privativa de la libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años), falsificar o destruir ánforas, actas de escrutinio, registros electorales o DNI (Pena privativa de la libertad no menor de 2 ni mayor de 8 años), portar armas desde un día antes de las elecciones y hasta un día después de las elecciones (Pena privativa de la libertad no menor de 1 mes ni mayor de 1 año).
Propagar enfermedades peligrosas o contagiosas (Pena privativa de la libertad no menor de 3 ni mayor de 10 años), violar las medidas sanitarias (Pena privativa de la libertad no menor de 6 meses ni mayor de 3 años) y vender bebidas alcohólicas incumpliendo la Ley Seca 24 horas antes y 24 horas después del acto electoral (Pena privativa de la libertad no mayor de 6 meses).
Prevención
Por ello, el Ministerio Público ha dispuesto a 189 fiscales de toda la región, quienes ejecutarán acciones de prevención del delito, coordinarán con las instituciones que intervienen en el proceso electoral y acopiarán la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones.