
La Ley N° 31332, desde el 1 de setiembre del 2021, estableció que los 50 años sería la edad mínima para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) tanto para hombres como mujeres afiliados a las AFP.
Requisitos:
- Para ello se debe tener como edad mínima 50 años cumplidos al momento de solicitar la jubilación adelantada.
- El beneficio procede cuando el afiliado mayor de 50 años así lo disponga, siempre que obtenga una pensión igual o superior al 40 % del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones.
- Para el cálculo de la pensión antes señalada no se consideran los aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional que excedan el 20 % de la cuenta individual de capitalización de aportes obligatorios con una permanencia menor a nueve meses en la CIC.
Cabe señalar que aun cuando se hayan agotado con anterioridad los fondos de la cuenta individual de capitalización del afiliado y previa información de la AFP de los afiliados calificados para acceder a este régimen.
Para solicitar este beneficio y saber si aplica en cada caso habrá que comunicarse con la empresa de AFP a la que estás afiliado.