El Poder Judicial ordenó excluir a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros involucrados, del delito de obstrucción a la justicia en el marco del juicio oral por el denominado caso “Cócteles”.
Esto se da luego que el Tribunal Constitucional declaró fundado el amparo interpuesto por el abogado Arsenio Oré Guardia para ser excluido del delito de obstrucción a la justicia en el citado caso. Además, en esa línea, también dispuso dejar sin efecto el auto que cita a juicio oral a Keiko Fujimori y otros implicados.
Sin embargo, Keiko Fujimori y los demás investigados continuarán el juicio oral por los delitos de lavado de activos y organización criminal.
Ante ello, el fiscal José Pérez Gómez y la defensa legal del Estado alegaban que la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló todos los actos realizados por la Fiscalía en contra del abogado Arsenio Oré por obstrucción a la justicia desde el 7 de enero del 2019 por el ‘caso Cócteles’ solo tiene efecto para dicho letrado y no para demás implicados por este delito.