
Polémica y críticas ha causado el nuevo Reglamento de la Ley N.º 32213, aprobado por el Ministerio de Energía y Minas (Minem) mediante Decreto Supremo N.º 009-2025-EM, pues ha incluido una polémica disposición: la posibilidad de heredar la inscripción en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo).
De acuerdo a la norma, cuando un minero inscrito en el Reinfo fallece, sus herederos podrán conformar una persona jurídica para continuar con el proceso de formalización, asumiendo las obligaciones técnicas, ambientales y legales. Para el Ejecutivo, esta medida reconoce la realidad de miles de familias que dependen de la minería artesanal y asegura continuidad legal.

Sin embargo, el congresista Wilson Soto expresó: “Rechazo que ahora el Reinfo sea heredable, la informalidad no es un derecho familiar”. En la misma línea, la parlamentaria Ruth Luque sostuvo: “Esta disposición es un grave retroceso. No solo contradice la propia ley que no menciona la sucesión, sino que consolida un mecanismo que ha servido para proteger actividades ilegales, facilitar el uso irregular de explosivos y permitir operaciones sin contrato ni control ambiental”.
Para el especialista en derecho ambiental César Ipenza, “la norma sobre el Reinfo hereditario tiene visos de ilegalidad. Con la medida, siguen extendiendo esta situación de ilegalidad e informalidad en el tiempo”.