
Trabajar en Semana Santa tiene sus recompensas. Si trabajas el 6 y 7 de abril, tendrás el derecho de recibir tres suelos diarios por cada feriado laborado, en caso el empleador te de día de descanso en el feriado, entonces ya no recibirás suma adicional.
La labor realizada en los días feriados no laborables sin descanso sustitutorio dará lugar al pago de una remuneración correspondiente al día feriado (ya incluida en la remuneración mensual), una remuneración correspondiente a la labor efectuada y un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100% de la remuneración correspondiente a la labor efectuada.
En N60, te presentamos la tabla de pagos:
| Por trabajar el 6 o 7 de abril, corresponde:
| Una remuneración por el feriado | 34,17 soles
| Una remuneración por el trabajo realizado | 34,17 soles
| Sobretasa del 100 % | 34,17 soles
| TOTAL | 102.50 SOLES POR CADA FERIADO LABORADO
Remuneración mensual:
1025 soles
Remuneración diaria:
1025/30 = 34,17 soles
Cabe señalar que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) indico que el incumplimiento de las disposiciones relacionadas con los descansos en días feriados no laborables, es considerado una infracción muy grave en materia de relaciones laborales, cuya sanción dependerá del tipo de empresa y de la cantidad de trabajadores afectados.