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jueves 12, junio 2025

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SUNAT devolverá hasta S/16 mil desde el 10 de junio

La devolución de oficio se realiza únicamente mediante abono en cuenta, por lo que deberás registrar el número del Código de Cuenta Interbancario (CCI) en la SUNAT.

Desde el 10 de junio de 2025, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) iniciará la devolución automática de saldos a favor a los contribuyentes que perciban ingresos por rentas de trabajo de cuarta y/o quinta categoría.

Este proceso, denominado “Devolución de oficio”, se aplica desde 2017. No requiere presentar una solicitud; sin embargo, no exime de la obligación de presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.

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El saldo a favor se origina por la deducción de hasta 3 UIT en gastos adicionales, como consumos en restaurantes, hoteles, alquiler de inmuebles, servicios profesionales, oficios y el aporte a EsSalud de los trabajadores del hogar.

¿Quiénes acceden a este tipo de devolución?

La devolución de oficio está dirigida a los trabajadores que perciben ingresos de cuarta y quinta categoría, siempre que:

-No tengan rentas de fuente extranjera que deban sumarse a sus ingresos locales.

-SUNAT cuente con la información necesaria en sus sistemas.

Sunat devolución hasta S/16.000

Según lo establecido en el Decreto de Urgencia N.° 025-2019, la notificación de devolución de oficio incluirá:

-Datos del contribuyente (nombre, apellidos y número de DNI).

-Tipo de tributo y período correspondiente.

-Monto a devolver y detalle de la liquidación efectuada.

Si al completar el Formulario Virtual N.° 709 – Renta Anual 2024 – Persona Natural, el monto mostrado es menor al esperado, podrás solicitar la diferencia mediante una solicitud de devolución adicional, conforme a lo dispuesto por SUNAT.

¿Cómo acceder a la devolución?

Si tienes RUC, accede a SUNAT Operaciones en Línea (SOL) con tu Clave SOL. Luego sigue esta ruta:Mis Trámites y Consultas → CCI Único → DRAWBACK/SPOT/DEVOLUCIONES → Inscripción CCI Único → Registro CCI Único y completa los datos solicitados.Si no tienes Clave SOL, ingresa a la opción “Obtener la Clave SOL por Internet” y sigue las instrucciones, incluyendo el registro de tu número de CCI.

Para que el registro del CCI sea válido, ten en cuenta:

-Debe pertenecer a una cuenta en moneda nacional.

-La cuenta debe estar registrada en Perú.

-No puede ser una cuenta CTS.

-El titular debe ser exclusivamente el beneficiario de la devolución.

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