
El Poder Judicial dictó sentencia contra los dueños de la institución educativa privada Lord Kelvin, ubicada en el distrito del Alto Trujillo, en la provincia de Trujillo, por el delito de discriminación, en agravio del menor de iniciales D. A. Z. A., quien tiene autismo.
La investigación, dirigida por el fiscal adjunto provincial Alexsander Rogger Vega López, determinó que los hechos ocurrieron en febrero de 2025, cuando el menor agraviado, diagnosticado con trastorno del espectro autista (TEA) y trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH), fue impedido de matricularse en la I.E., pese a haber cursado estudios previamente en dicho plantel.
Asimismo, se acreditó que Felipa Margarita Sánchez Horna, promotora del colegio negó la matrícula del menor calificándolo como un “niño problema” y sugiriendo que continuara sus estudios de manera virtual desde su domicilio. Incluso, señaló de manera discriminatoria que en el futuro solo podría desempeñarse en oficios como taxista o comerciante. Esta decisión fue respaldada por el director del centro educativo, Michael Dante Mora Pereda.
Durante la audiencia, sustentada por el fiscal adjunto provincial John Michael Mendoza Rodríguez, el Poder Judicial impuso a los sentenciados un periodo de prueba de un año, diez meses y once días, sujeto al cumplimiento de reglas de conducta, entre ellas participar en capacitaciones sobre discriminación y educación inclusiva. Además, deberán abonar S/ 2 500.00 por concepto de reparación civil a favor del menor agraviado.


