
Son 32 las conductas infractoras en que la Contraloría General podrá sancionar a funcionarios con la inhabilitación para ejercer función pública entre 60 días a 5 años dependiendo del caso.
De este modo,ahora, se castigará a aquellos trabajadores que actúen en forma parcializada en los contratos o licitaciones, beneficiando a un tercero o a sí mismo, ocasionando un perjuicio al Estado; la contratación de bienes, servicios u obras sin procedimiento de selección, cuando la normativa dispone su obligatoria realización; dar la conformidad a bienes, prestación de servicios o ejecución de obra que no se hayan ejecutado o brindado, o que no cumplan con las condiciones contractuales.
Además, se sancionará el incumplimiento funcional evidenciado en situaciones de emergencia declaradas conforme a ley y que ocasionen la no prestación de algún servicio o la no entrega de un bien, subsidio monetario o prestación económica, por parte del Estado, o que, la prestación o entrega no sea oportuna cuando éstas sean parte de las medidas establecidas para afrontar la referida emergencia.
De igual manera, sucederá con las y los funcionarios públicos que obtengan o procuren beneficios o ventajas indebidas, para sí o para otro, haciendo uso de su cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia o suministrando información privilegiada o protegida, o incumpliendo o retrasando el ejercicio de sus funciones.
También quienes autoricen o ejecuten operaciones o gastos no autorizados por ley o por la normativa aplicable; actuar en forma parcializada en los contratos, licitaciones, o cualquier otra operación o procedimiento en que participe con ocasión de su función, dando lugar a un beneficio, propio o de tercero; usar los bienes o recursos públicos incumpliendo las normas que regulan su ejecución o uso; percepción de doble remuneración en el sector público, entre otros supuestos.
Infracciones meritorias a sanciones comprenderán a los hechos acontecidos a partir del 21 de julio del 2021, fecha en que entró en vigencia la Ley N° 31288.
Infracciones
Las infracciones administrativas graves serán sancionadas con inhabilitación para la función pública no menor de 60 días hasta un año; mientras que las infracciones muy graves ameritarán la inhabilitación para el ejercicio no menor de uno hasta cinco años.