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jueves 16, enero 2025

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Ministerio de Trabajo: solo podrán laborar presencialmente quienes tengan tres dosis de vacuna

Entidad multará a las empresas que permitan ingresar a personal que no tenga su esquema de vacunación contra la COVID-19 completa.

UCT Trujillo Perú

El Ministerio de Trabajo dispuso que los trabajadores que acudan de manera presencial a su centro de labores solo lo podrán hacer teniendo su tercera dosis de la vacuna contra la COVID-19.

Esto, tras un cambio en la disposición del reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, emitido a través del Decreto Supremo N° 004-2022-TR, donde también señala que las empresas que incumplan podrían cometer una infracción administrativa.

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Según el documento, se considera una infracción muy grave «disponer, exigir o permitir el ingreso o la permanencia de personas para prestar servicios en los centros de trabajo, cuando no cuenten con las dosis de vacunación contra la COVID-19, exigida para la actividad laboral presencial, según la normativa vigente o, de encontrarse exceptuados, incumplir las condiciones y obligaciones previstas para dicho supuesto, conforme a lo establecido por resolución ministerial o norma que la sustituya de la Autoridad de Salud competente».

Multa

Sobre la multa, indican que dependerá de cuántos trabajadores fueron afectados. «Se considera como trabajadores afectados al total de personas que prestan servicios de forma presencial en el centro de trabajo en el cual se advirtió la comisión de la referida infracción», explican.

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