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lunes 12, mayo 2025

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JNE solicitó documentación a Mario Reyna para seguir con proceso de vacancia contra Arturo Fernández

Ente electoral ha dado 03 días hábiles a actual burgomaestre para remitir lo solicitado. Como se recuerda Arturo Fernández fue suspendido.

El tema de la vacancia contra Arturo Fernández cobra actualidad, luego que el Jurado Nacional de Elecciones mediante la Secretaría General solicitó al alcalde de Trujillo en funciones, Mario Reyna, remitir la documentación sobre el procedimiento de vacancia seguido contra el suspendido alcalde.

Para ello el JNE mediante un documento de fecha 22 de febrero le ha dado 3 días hábiles a la autoridad edil para que se envié todos estos documentos solicitados.

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Como se recuerda el pasado 10 de enero del 2024, el presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Jorge Salas Arenas, en su sustento del voto por la suspensión de Arturo Fernández como alcalde de Trujillo, recomendó la evaluación del proceso de vacancia.

El titular del ente electoral consideró que, al existir una sentencia en segunda instancia, en el marco normativo del Código Procesal Penal del 2004, que implica una condena firme, señaló que el proceso penal de la persona ya habría concluido.

La sentencia firme contra Arturo Fernández permitió considerar su vacancia, afirmó Jorge Salas, presidente del JNE. Foto: composición N60

Esta no es la primera vez en el año que solicitan documentos, ya anteriormente en enero hubo documentos requeridos entre los que destacan, los cargos de la notificación del Acuerdo de Concejo N.° 091-2023-MPT o del acta de sesión extraordinaria del 14 de noviembre de 2023, dirigida a cada uno de los miembros del Concejo Provincial de Trujillo.

El segundo documento es el Pronunciamiento sobre el recurso de reconsideración que presentó Segundo Francisco Cárdenas Horna en contra del rechazo a su petición de adhesión al pedido de vacancia formulado en contra de Arturo Fernández, adoptado, igualmente, en el acta de sesión extraordinaria del 14 de noviembre de 2023.

¿Qué piden ahora?

El ente electoral en esta oportunidad ha solicitado lo siguiente: «Pronunciamiento del Consejo Municipal sobre el recurso de reconsideración que presentó el ciudadano en contra del rechazo a su petición de adhesión a la solicitud de vacancia. Si dentro del plazo legalmente previsto no se ha interpuesto recurso alguno en contra del referido pronunciamiento, la constancia o resolución que declara consentida el acta de sesión o el acuerdo de Consejo respectivo. De haberse interpuesto recurso de apelación, el expediente correspondiente con sus nuevos anexos respectivos».

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